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Cuántos artículos hay en la carta de turismo. carta de turismo. Código turístico. Libertad de movimiento para turistas internacionales


En 1979, en la ciudad de Torremolinos (España), se celebró la III sesión de la Asamblea General de la OMT, en la que se otorgó un lugar destacado a la elaboración de los borradores de la Carta del Turismo y del Código del Turismo. Estos documentos fueron finalmente adoptados en 1985 en Sofía.
La Carta de Turismo es un documento político que expresa las demandas políticas y sociales de los turistas. La Carta del Turismo proclamó solemnemente el derecho de toda persona al descanso y al esparcimiento, vacaciones anuales pagadas y libertad para viajar sin restricciones.
El artículo I de la Carta del Turismo establece: "Se reconoce en todo el mundo el derecho de toda persona al descanso y al esparcimiento, a vacaciones pagadas ya la libertad de viajar sin restricciones, dentro de los límites de la ley". Como consecuencia de este derecho, “Los Estados deben desarrollar e implementar políticas dirigidas a asegurar el desarrollo armónico Turismo internacional, así como organizar la recreación en beneficio de todos aquellos que la utilicen” (Artículo II de la Carta de Turismo). “Los Estados están obligados a proteger, en interés de las generaciones presentes y futuras, el entorno turístico, que incluye a las personas, la naturaleza, las relaciones sociales y la cultura, es propiedad de toda la humanidad; promover el acceso de los turistas extranjeros al dominio público de los lugares visitados, aplicando lo dispuesto en los instrumentos de facilitación existentes, teniendo en cuenta la reducción continua de las restricciones de viaje” (Artículos III y IV de la Carta de Turismo).
El código turístico es un conjunto de reglas y normas de comportamiento para un turista durante un viaje turístico. El código turístico es parte integral Carta de Turismo. El código de turismo consolidó los derechos y obligaciones de un turista extranjero en el país de visita, que encontró su continuación lógica en la Ley de la Federación Rusa "Sobre los fundamentos de las actividades turísticas en Federación Rusa».
Según el Código de Turismo, “los turistas deben, con su comportamiento, promover el entendimiento mutuo y las relaciones amistosas entre los pueblos tanto a nivel nacional como internacional y así contribuir a la preservación de la paz” (Artículo X del Código de Turismo).
En 1999, la Asamblea General de la OMT adoptó el Código Ético Mundial para el Turismo, que fue aprobado por una resolución especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2001. Este código contiene un plan de diez puntos destinado a conservar los recursos de los que depende el desarrollo del turismo. , y en Asegurar una distribución justa de los beneficios económicos del turismo. El Código se basa en los principios del desarrollo sostenible que sustentan todos los programas de la OMT y enfatiza la necesidad de involucrar a las comunidades locales en la planificación, gestión y control del desarrollo turístico. Incluye las “condiciones del juego” para destinos, gobiernos, operadores turísticos, agentes de viajes, trabajadores y empresarios turísticos y los propios viajeros. El décimo artículo está dedicado a la implementación del Código a través de las actividades del Comité Mundial de Ética del Turismo.
La Asamblea General de la Organización Mundial del Turismo decidió en 1980 celebrar el 27 de septiembre (fecha de adopción de la Carta de la OMT en 1970) como el Día Mundial del Turismo. El lema de la fiesta se proclama anualmente. Así, por ejemplo, en 2002 - fue el lema "El ecoturismo es la clave para el desarrollo sostenible", en 2003 - "El turismo es un factor poderoso para combatir la pobreza, crear empleos y garantizar la armonía social", en 2006 - "El turismo enriquece" , en 2009 - “El turismo es una celebración de la diversidad”. Estos programas contribuyeron directa e indirectamente a la formación del sistema. regulacion legal la cooperación internacional tanto de los estados como de las organizaciones internacionales en el campo del turismo.
Una actividad importante de la OMT es prestar más atención al aspecto económico del turismo, el comercio y la actividad empresarial. En esta dirección, las actividades de la organización están dirigidas a ayudar a los miembros de los sectores público y privado en la definición e implementación de objetivos, estándares y medidas de calidad como una contribución al desarrollo del turismo sostenible y la erradicación de la pobreza. A estos efectos, la OMT ha desarrollado un programa especial "Calidad y comercio: en busca de categorías comunes, equidad y transparencia".
Este programa incluye las siguientes áreas específicas de trabajo:
comercio de servicios turísticos, incluida la entrada en los mercados turísticos, la competencia y la globalización;
seguridad y protección, incluida la protección de la salud;
mantenimiento, armonización y reconocimiento de estándares de calidad.

Aprobado en 1985 en la VI sesión de la Asamblea General de la Organización Mundial del Turismo

Artículo I 1. El derecho de toda persona al descanso y al esparcimiento, incluido el derecho a la limitación razonable de la jornada de trabajo y a las vacaciones periódicas pagadas, y el derecho a circular libremente sin más restricciones que las prescritas por la ley, se reconocen en todo el territorio. el mundo. 2. El ejercicio de este derecho constituye un factor de equilibrio social y de acrecentamiento de la conciencia nacional y universal. Artículo II Como consecuencia de este derecho, los Estados deben desarrollar e implementar políticas encaminadas a asegurar el desarrollo armónico del turismo nacional e internacional, así como organizar la recreación en beneficio de todos aquellos que la disfrutan.

Artículo III Con este fin, los Estados deben:

  • a) promover el crecimiento ordenado y armonioso del turismo tanto nacional como internacional;
  • b) armonizar la política turística con la política general de desarrollo aplicada a varios niveles - local, regional, nacional e internacional, y ampliar la cooperación en el campo del turismo tanto a nivel bilateral como multilateral, incluyendo para este propósito también las posibilidades de la Organización Mundial del Turismo;
  • c) prestar la debida atención a los principios de la Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial y el Documento de Acapulco "al formular e implementar, cuando corresponda, sus políticas, planes y programas de turismo de acuerdo con sus prioridades nacionales y dentro del programa de trabajo de la Organización Mundial del Turismo";
  • d) promover la adopción de medidas que permitan a todas las personas participar en el turismo nacional e internacional, especialmente mediante la regulación de la jornada laboral y el ocio, estableciendo o mejorando el sistema de vacaciones anuales pagadas y repartiendo equitativamente los días de dichas vacaciones a lo largo del año, así como así como dedicarse atención especial turismo juvenil, turismo de mayores y personas con minusválido;
  • e) proteger, en interés de las generaciones presentes y futuras, el medio ambiente turístico, que, incluidos el hombre, la naturaleza, las relaciones sociales y la cultura, es propiedad de toda la humanidad.

Artículo IV Los Estados también deben: a) promover el acceso de turistas nacionales y extranjeros al dominio público de los lugares visitados, aplicando las disposiciones de los instrumentos de facilitación existentes emitidos por las Naciones Unidas, organización Internacional aviación Civil, la Organización Marítima Internacional, el Consejo de Cooperación Aduanera o cualquier otra organización, en particular la Organización Mundial del Turismo, sujeto a la reducción continua de las restricciones de viaje; b) promover el crecimiento de la conciencia turística y facilitar los contactos entre los visitantes y la población local para mejorar el entendimiento mutuo y el enriquecimiento mutuo; c) garantizar la seguridad de los visitantes y de sus bienes mediante medidas preventivas y de protección; d) es posible proporcionar Mejores condiciones higiene y acceso a los servicios de salud, así como la prevención enfermedades infecciosas y accidentes; e) impedir cualquier posibilidad de utilizar el turismo para explotar a otros con fines de prostitución; (e) Fortalecer las medidas para prevenir el uso ilegal de drogas a fin de proteger a los turistas y la población local.

Artículo V Finalmente, los Estados deben: a) permitir a los turistas nacionales de su país y turistas extranjeros circular libremente dentro del país, sin perjuicio de las medidas restrictivas que se adopten en interés nacional en relación con determinadas zonas del territorio; b) no permitir ninguna medida discriminatoria contra los turistas; c) brindar a los turistas la posibilidad de un rápido acceso a los servicios administrativos y jurídicos, así como a los representantes de los consulados y proporcionarles medios de comunicación públicos internos y externos; d) promover la información a los turistas a fin de crear condiciones para el conocimiento de las costumbres de la población local en los lugares de tránsito y estancia temporal.

Artículo VI 1. La población local en los lugares de tránsito y estancia temporal tendrá derecho al libre acceso a sus propios recursos turísticos, asegurando con su actitud y conducta el respeto por el medio natural y cultural. 2. También tiene derecho a esperar que los turistas comprendan y respeten sus costumbres, religiones y demás aspectos de su cultura, que forman parte del patrimonio de la humanidad. 3. Para promover tal comprensión y respeto, es necesario promover la difusión de información relevante: a) sobre las costumbres de la población local, sus actividades tradicionales y religiosas, las prohibiciones locales y los lugares sagrados y santuarios que deben ser respetados; b) sus valores artísticos, arqueológicos y culturales, que deben ser preservados; c) sobre la fauna, flora y otros recursos naturales que deben ser protegidos.

Artículo VII Se invita a la población local en los lugares de tránsito y residencia temporal a recibir a los turistas con la mejor hospitalidad, cortesía y respeto necesarios para el desarrollo de armoniosas relaciones humanas y sociales.

Artículo VIII 1. Los trabajadores del turismo y los proveedores de servicios para el turismo y los viajes pueden hacer una contribución positiva al desarrollo del turismo ya la implementación de las disposiciones de esta Carta. 2. Deberán adherirse a los principios de esta Carta y cumplir las obligaciones contraídas en el ejercicio de su actividad profesional, velando por alta calidad producto turístico proporcionado con el fin de promover el carácter humanista del turismo. 3. Deben, en particular, impedir la promoción del uso del turismo para todo tipo de explotación de otras personas.

Artículo IX Se debe promover a los trabajadores del turismo ya los proveedores de servicios turísticos y de viajes brindándoles, mediante leyes nacionales e internacionales apropiadas, las condiciones necesarias que les permitan: a) desarrollar sus actividades en condiciones favorables, sin injerencia ni discriminación alguna; b) utilizar la formación general y técnica tanto en el país como en el extranjero para proporcionar recursos humanos calificados; c) cooperar entre sí, así como con autoridades públicas a través de organismos nacionales e internacionales con el fin de mejorar la coordinación de sus actividades y mejorar la calidad de los servicios que prestan.

código de turista

Artículo X Los turistas deberán, con su conducta, promover la comprensión y las relaciones amistosas entre los pueblos, tanto a nivel nacional como internacional, y contribuir así a la preservación de la paz.

Artículo XI 1. En los lugares de tránsito y estancia temporal, los turistas deberán respetar el orden político, social, moral y religioso establecido y obedecer las leyes y reglamentos vigentes. 2. En los mismos lugares, los turistas también deberán: a) mostrar la mayor comprensión respecto de las costumbres, creencias y acciones de la población local y el mayor respeto por el patrimonio natural y cultural de esta última; b) abstenerse de enfatizar las diferencias económicas, sociales y culturales que existen entre ellos y la población local; c) ser receptivo a la cultura de la población local que acoge a los turistas, que es parte integrante del patrimonio común de la humanidad; d) impedir la explotación de otros con fines de prostitución; e) abstenerse de comerciar, transportar y consumir drogas y/u otras drogas ilegales.

Artículo XII Al viajar de un país a otro y dentro del país anfitrión, los turistas podrán, mediante las medidas gubernamentales apropiadas, disfrutar en beneficio propio: a) relajación de los controles administrativos y financieros; b) las mejores condiciones posibles para el transporte durante la estancia temporal, que pueden ser proporcionados por los proveedores de servicios turísticos.

Artículo XIII 1. Los turistas deben tener libre acceso, tanto dentro como fuera de sus países, a los lugares y áreas particulares de interés turístico y libre circulación, teniendo en cuenta reglas existentes y restricciones. 2. Al arribar a los lugares y áreas individuales de interés turístico, así como durante su tránsito y estadía temporal, el turista para su propio beneficio deberá contar con: a) información objetiva, precisa y completa sobre las condiciones y oportunidades brindadas durante su viaje y estadía temporal; Estancia de organismos oficiales de turismo y proveedores de servicios turísticos; b) la seguridad personal, la seguridad de sus bienes, así como la protección de sus derechos como consumidores; c) higiene pública adecuada, especialmente en las instalaciones de alojamiento, Abastecimiento y en transporte Información sobre medidas efectivas en la prevención de enfermedades infecciosas y accidentes, así como el libre acceso a los servicios de salud; d) acceso a una comunicación pública rápida y eficiente dentro del país, así como con el mundo exterior; e) administrativo y procedimientos legales y garantías necesarias para proteger sus derechos; f) la oportunidad de practicar su propia religión y las condiciones adecuadas para ello.

Artículo XIV Toda persona tiene derecho a informar a los representantes legislaturas y organizaciones publicas sobre sus necesidades para el pleno ejercicio de su derecho al descanso y al esparcimiento para disfrutar de los beneficios del turismo en las condiciones más favorables y, en su caso y de conformidad con la ley, a asociarse con otros a tal fin.

red europea de viajes

Las organizaciones internacionales regionales incluyen organizaciones, asociaciones y sindicatos que trabajan en ciertas regiones. Una de las organizaciones es European Travel Network (ETN), un consorcio mundial de 250 agencias de viajes independientes. Se ha creado un subcomité de desarrollo turístico en el Consejo de Europa, y existe una estructura similar en la Comisión Europea (Comisión Europea de Viajes (ETC)). Los participantes profesionales en el mercado del turismo crean asociaciones profesionales sin fines de lucro que, por regla general, están representadas por consejos consultivos: consejos de turismo. V plan internacional están unidos en organizaciones internacionales especializadas no estatales. Los objetivos de estas organizaciones son el desarrollo conjunto de la política turística en los centros de investigación y el cabildeo activo de sus intereses en las organizaciones internacionales, etc.

manila turismo cultural ético

Conclusión

La legislación turística internacional establece gran influencia en el desarrollo del turismo, así como el surgimiento de nuevas direcciones en las actividades turísticas.

Los resultados de su trabajo son la representación y protección de los intereses de las organizaciones y empresas de la industria turística; definir la política de turismo; formación de las principales direcciones de desarrollo del turismo mundial; - miembros de estas organizaciones y asistencia práctica para ellos en la solución de los problemas del desarrollo de la industria del turismo y el crecimiento económico de los países.

Cualquier estado busca regular las actividades del negocio del turismo por medios legislativos, para crear una legislación turística avanzada sobre la base de consultas mutuas. La actividad turística no se deja sola en ningún lugar del mundo.

En total, hay más de 200 organizaciones internacionales de turismo en el mundo. Las organizaciones turísticas dirigen sus esfuerzos a la creación de normas jurídicas internacionales, la elaboración de importantes recomendaciones para el desarrollo sostenible del turismo. Las actividades de las organizaciones internacionales contribuyen enormemente al desarrollo del turismo.

Las organizaciones internacionales de turismo representan los intereses estatales de los países del mundo y promueven el desarrollo del turismo mundial, es innegable la importancia y necesidad de la existencia de organizaciones unidas de turismo. Forman la política turística, es decir, crean condiciones favorables y estimulan el desarrollo del turismo.

En este acuerdo y trabajo gráfico, examiné cinco documentos: 1) La Ley de Ucrania "Sobre el Turismo"

  • 2) Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial
  • 3) Declaración de La Haya sobre Turismo, Código Ético Mundial para el Turismo
  • 4) Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA).

Estudié su contenido y los puntos principales que muestran su esencia.

La Declaración de Manila definió el lugar del turismo en la sociedad moderna, todos sus aspectos y el papel que desempeña el turismo en un mundo dinámico y cambiante.

La Ley de Ucrania "sobre el turismo" es el documento principal que regula el turismo y las actividades turísticas en nuestro país. Sólo de conformidad con esta ley se puede realizar en el país cualquier actividad relacionada con los viajes.

La Declaración de La Haya confirmó el nuevo papel del turismo como medio para mejorar la calidad de vida de todos los pueblos y factor esencial para fortalecer la paz y el entendimiento internacional.

El Código Ético Mundial para el Turismo establece un conjunto de directrices para el desarrollo responsable y sostenible del turismo mundial, que es necesario para ayudar a maximizar los beneficios del desarrollo turístico para la población de los destinos turísticos y minimizar sus impactos negativos en el medio ambiente y la cultura. herencia.

Además, en el trabajo fue necesario comparar el término “Producto turístico”.

También en el trabajo se consideró la “European Travel Network (ETN)” y la “Carta de Turismo. Código del Turista”

Lista de literatura usada

  • 1. La Ley de Ucrania "Sobre las enmiendas a la Ley de Ucrania "Sobre el turismo" [Recurso electrónico]. - Modo de acceso: http://rada.gov.ua/
  • 2. Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial [Recurso electrónico]. - Modo de acceso: http://docs.cntd.ru/document/901813698
  • 3. Declaración de La Haya sobre Turismo [Recurso electrónico].- Modo de acceso: http://www.businesspravo.ru/Docum/DocumShow_DocumID_38132.htm
  • 4. Código Ético Mundial para el Turismo [Recurso electrónico].- Modo de acceso: http://www.orexca.com/rus/global_ethic_code_tourism.php
  • 5. Producto turístico. http://tourlib.net/books_tourism/zorin06.htm
  • 6. Carta de turismo. Código turístico. http://tourlib.net/books_tourism/senin_pril05.htm
  • 7. Red Europea de Viajes (ETN) http://tourlib.net/books_tourism/mprtu22.htm

CARTA DE TURISMO es un documento político que expresa las demandas políticas y sociales de los turistas. La Carta de Turismo incluye el Código de Turismo (Anexo 1). El código turístico es un conjunto de reglas y normas de comportamiento para un turista durante un viaje turístico.

La Carta del Turismo proclamó solemnemente el derecho de toda persona al descanso y al esparcimiento, vacaciones anuales pagadas y libertad para viajar sin restricciones.

Como consecuencia de este derecho, los estados deben desarrollar e implementar políticas dirigidas a asegurar el desarrollo armónico del turismo nacional e internacional, así como organizar la recreación en beneficio de todos los que las utilizan (Artículo P de la Carta de Turismo).

A tal fin, los Estados deben ampliar la cooperación en el campo del turismo, tanto a nivel bilateral como multilateral, utilizando las posibilidades de la Organización Mundial del Turismo; prestar especial atención al turismo juvenil, turismo de personas mayores y personas con discapacidad física; proteger, en interés de las generaciones presentes y futuras, el entorno turístico, que, incluidos el hombre, la naturaleza, las relaciones sociales y la cultura, es propiedad de toda la humanidad; promover el acceso de los turistas extranjeros al dominio público de los lugares visitados, aplicando lo dispuesto en los instrumentos de facilitación existentes, teniendo en cuenta la reducción continua de las restricciones de viaje (artículos III y IV de la Carta de Turismo).

El Código de Turismo consolidó los derechos y obligaciones de un turista extranjero en el país de visita, que encontró su continuación lógica en la Ley de la Federación Rusa "Sobre los Fundamentos del Turismo en la Federación Rusa". CARTA DE TURISMO 1 Artículo I.

  • 1. El derecho de toda persona al descanso y al esparcimiento, incluido el derecho a la limitación razonable de la jornada de trabajo y a las vacaciones periódicas pagadas, así como el derecho a circular libremente sin más restricciones que las prescritas por la ley, se reconoce en todo el mundo.
  • 2. El ejercicio de este derecho constituye un factor de equilibrio social y de acrecentamiento de la conciencia nacional y universal.

Artículo P.

Como consecuencia de este derecho, los Estados deben desarrollar e implementar políticas encaminadas a asegurar el desarrollo armónico del turismo nacional e internacional, así como organizar la recreación en beneficio de todos aquellos que los utilizan.

Artículo Sh.

Con este fin, los Estados deberían:

  • a) promover el crecimiento ordenado y armonioso del turismo tanto nacional como internacional;
  • b) armonizar la política turística con la política general de desarrollo aplicada a varios niveles - local, regional, nacional e internacional, y ampliar la cooperación en el campo del turismo tanto a nivel bilateral como multilateral, incluyendo para este propósito también las posibilidades de la Organización Mundial del Turismo;
  • c) presten la debida atención a los principios de la Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial y el Documento de Acapulco "al formular e implementar, cuando corresponda, sus políticas, planes y programas de turismo de acuerdo con sus prioridades nacionales y en el marco del programa de trabajo de la Organización Mundial del Turismo" 2 ;
  • d) promover la adopción de medidas que permitan a todas las personas participar en el turismo nacional e internacional, especialmente mediante la regulación de la jornada laboral y el ocio, estableciendo o mejorando el sistema de vacaciones anuales retribuidas y repartiendo equitativamente los días de dichas vacaciones a lo largo del año, y pagando especial atención al turismo juvenil, turismo de personas mayores y personas con discapacidad física;
  • e) proteger, en interés de las generaciones presentes y futuras, el medio ambiente turístico, que, incluidos el hombre, la naturaleza, las relaciones sociales y la cultura, es propiedad de toda la humanidad. Los Estados que operan al amparo del Artículo IV también deben:
  • a) promover el acceso de los turistas -nacionales de sus países y turistas extranjeros- al dominio público de los lugares visitados, aplicando lo dispuesto en los instrumentos de facilitación existentes emitidos por las Naciones Unidas, la Organización de Aviación Civil Internacional, la Organización Marítima Internacional, el Consejo de Cooperación Aduanera o cualquier otra organización, en particular por la Organización Mundial del Turismo, en vista de la continua reducción de las restricciones de viaje;
  • b) promover el crecimiento de la conciencia turística y facilitar los contactos entre los visitantes y la población local para mejorar el entendimiento mutuo y el enriquecimiento mutuo;
  • c) garantizar la seguridad de los visitantes y de sus bienes mediante medidas preventivas y de protección;
  • d) brindar las mejores condiciones posibles de higiene y acceso a los servicios de salud, así como la prevención de enfermedades infecciosas y accidentes;
  • e) impedir cualquier posibilidad de utilizar el turismo para explotar a otros con fines de prostitución;
  • (e) Fortalecer las medidas para prevenir el uso ilegal de drogas a fin de proteger a los turistas y la población local.

Artículo V. Finalmente, los Estados deben:

  • a) permitir la libre circulación de turistas nacionales y extranjeros dentro del país, sin perjuicio de las medidas restrictivas adoptadas en interés nacional en relación con determinadas zonas del territorio;
  • b) no permitir ninguna medida discriminatoria contra los turistas;
  • c) brindar a los turistas la posibilidad de un rápido acceso a los servicios administrativos y jurídicos, así como a los representantes de los consulados y proporcionarles medios de comunicación públicos internos y externos;
  • d) promover la información a los turistas a fin de crear condiciones para el conocimiento de las costumbres de la población local en los lugares de tránsito y estancia temporal.

Artículo VI

  • 1. La población local en los lugares de tránsito y residencia temporal tiene derecho al libre acceso a sus propios recursos turísticos, asegurando con su actitud y comportamiento el respeto al medio natural y cultural. También tiene derecho a esperar que los turistas comprendan y respeten sus costumbres, religiones y demás aspectos de su cultura, que forman parte del patrimonio de la humanidad. Para promover tal comprensión y respeto, se debe promover la difusión de información relevante:
    • a) sobre las costumbres de la población local, actividades tradicionales y religiosas, prohibiciones locales y lugares sagrados y santuarios que deben ser respetados;
    • b) sus valores artísticos, arqueológicos y culturales, que deben ser preservados;
    • c) sobre la fauna, flora y demás recursos naturales que deben ser protegidos Artículo VII Se invita a la población local en los lugares de tránsito y residencia temporal a recibir a los turistas con la mejor hospitalidad, cortesía y respeto necesarios para el desarrollo de la convivencia humana y social. relaciones.

Artículo VIII.

Los profesionales del turismo y los proveedores de servicios para el turismo y los viajes pueden hacer una contribución positiva al desarrollo del turismo y a la implementación de las disposiciones de esta Carta. Deben adherirse a los principios de esta Carta y respetar los compromisos adquiridos en el ejercicio de sus actividades profesionales, velando por la alta calidad del producto turístico ofrecido, con el fin de promover el carácter humano del turismo. Deben, en particular, impedir la promoción del uso del turismo para todo tipo de explotación de otras personas.

Artículo de GH.

Se debería ayudar a los trabajadores del turismo y a los proveedores de servicios de viajes y turismo proporcionándoles, a través de la legislación nacional e internacional pertinente, las condiciones necesarias que les permitan:

  • a) realizar sus actividades en condiciones favorables, sin injerencias ni discriminaciones;
  • b) utilizar la formación general y técnica tanto en el país como en el extranjero para proporcionar recursos humanos calificados;
  • c) cooperar entre sí, así como con las autoridades públicas a través de organismos nacionales e internacionales, con el fin de mejorar la coordinación de sus actividades y mejorar la calidad de los servicios prestados.

Los turistas deben, con su comportamiento, promover el entendimiento mutuo y las relaciones amistosas entre los pueblos, tanto a nivel nacional como internacional, y así contribuir a la preservación de la paz.

Artículo XI

En los lugares de tránsito y estancia temporal, los turistas deberán respetar el orden político, social, moral y religioso establecido y obedecer las leyes y reglamentos vigentes. En los mismos lugares, los turistas deben:

  • a) mostrar la mayor comprensión con respecto a las costumbres, creencias y acciones de la población local y el mayor respeto por el patrimonio natural y cultural de esta última;
  • b) abstenerse de enfatizar las diferencias económicas, sociales y culturales que existen entre ellos y la población local;
  • c) ser receptivo a la cultura de la población local que acoge a los turistas, que es parte integrante del patrimonio común de la humanidad;
  • d) impedir la explotación de otros con fines de prostitución;
  • e) abstenerse de comerciar, transportar y consumir drogas u otras sustancias prohibidas.

Artículo XII.

Al viajar de un país a otro y dentro del país anfitrión, los turistas deben, mediante las medidas gubernamentales apropiadas, poder disfrutar en beneficio propio:

  • a) facilitar los controles administrativos y financieros;
  • b) las mejores condiciones posibles para el transporte y durante una estancia temporal, que pueden proporcionar los proveedores de servicios turísticos.

Artículo xsh.

Los turistas deben tener libre acceso, tanto dentro como fuera de sus países, a lugares y áreas específicas de interés turístico y libertad de movimiento, sujeto a las reglas y restricciones pertinentes. Al arribar a los lugares y áreas individuales de interés turístico, así como durante su tránsito y permanencia temporal, el turista, para su propio beneficio, deberá contar con:

  • a) información objetiva, precisa y completa sobre las condiciones y oportunidades brindadas durante su viaje y estadía temporal por parte de las organizaciones oficiales de turismo y los proveedores de servicios turísticos;
  • b) la seguridad personal, la seguridad de sus bienes, así como la protección de sus derechos como consumidores;
  • c) higiene pública adecuada, especialmente en las instalaciones de alojamiento, restauración pública y transporte; información sobre medidas efectivas para prevenir enfermedades infecciosas y accidentes, así como acceso sin trabas a los servicios de salud;
  • d) acceso a una comunicación pública rápida y eficiente dentro del país, así como con el mundo exterior;
  • e) los trámites y garantías administrativas y judiciales necesarias para la protección de sus derechos;
  • f) la oportunidad de practicar su propia religión y las condiciones adecuadas para ello.

Artículo XIV.

Toda persona tiene derecho a hacer conocer sus necesidades a los legisladores y organismos públicos para el pleno ejercicio de su derecho al descanso y al esparcimiento para disfrutar de los beneficios del turismo en las condiciones más favorables, y en su caso, y de conformidad con la ley. , asociarse con otros para este propósito.

De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, realiza tareas relacionadas con la resolución problemas internacionales carácter económico, social, cultural y humanitario, y en la promoción y desarrollo del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos sin distinción de raza, sexo, idioma o religión.

CARTA DE TURISMO

Aprobado
resolución I VI sesión
Asamblea General
Organización Mundial del Turismo
22 de septiembre de 1985

Artículo I

1. Se reconoce en todo el mundo el derecho de toda persona al descanso y al esparcimiento, incluido el derecho a una limitación razonable de la jornada de trabajo y a vacaciones periódicas pagadas, y el derecho a circular libremente sin más restricciones que las prescritas por la ley.

2. El ejercicio de este derecho constituye un factor de equilibrio social y de acrecentamiento de la conciencia nacional y universal.

Como consecuencia de este derecho, los Estados deben desarrollar e implementar políticas encaminadas a asegurar el desarrollo armónico del turismo nacional e internacional, así como organizar la recreación en beneficio de todos aquellos que la disfrutan.

Artículo III

Con este fin, los Estados deberían:

a) promover el crecimiento ordenado y armonioso del turismo tanto nacional como internacional;

b) adecuar la política turística a la política general de desarrollo aplicada a los distintos niveles -local, regional, nacional e internacional- y ampliar la cooperación en el ámbito del turismo tanto a nivel bilateral como multilateral, incluyendo a tal efecto también las instalaciones de la Organización Mundial del Turismo;

c) presten la debida atención a los principios de la Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial y el Documento de Acapulco al "desarrollar e implementar, cuando corresponda, sus políticas, planes y programas de turismo de acuerdo con sus prioridades nacionales y dentro del programa de trabajo del World Organización Turística";

d) promover la adopción de medidas que permitan a todas las personas participar en el turismo nacional e internacional, especialmente mediante la regulación de los horarios de trabajo y de ocio, el establecimiento o mejora del sistema de vacaciones anuales retribuidas y la distribución equitativa de los días de dichas vacaciones a lo largo del año, y el pago especial atención al turismo de juventud, turismo de personas mayores y personas con discapacidad física;

e) proteger, en interés de las generaciones presentes y futuras, el medio ambiente turístico, que, incluidos el hombre, la naturaleza, las relaciones sociales y la cultura, es propiedad de toda la humanidad.

Los Estados también deberían:

a) facilitar el acceso de los turistas nacionales y extranjeros al dominio público de los lugares visitados, aplicando las disposiciones de los instrumentos de facilitación existentes emitidos por las Naciones Unidas, la Organización de Aviación Civil Internacional, la Organización Marítima Internacional, el Consejo de Cooperación Aduanera o cualquier otra organización, en particular por la Organización Mundial del Turismo, en vista de la reducción en curso de las restricciones de viaje;

b) promover el crecimiento de la conciencia turística y facilitar los contactos entre los visitantes y la población local para mejorar el entendimiento mutuo y el enriquecimiento mutuo;

c) garantizar la seguridad de los visitantes y de sus bienes mediante medidas preventivas y de protección;

d) brindar las mejores condiciones posibles de higiene y acceso a los servicios de salud, así como la prevención de enfermedades infecciosas y accidentes;

e) impedir cualquier posibilidad de utilizar el turismo para explotar a otros con fines de prostitución;

(e) Fortalecer las medidas para prevenir el uso ilegal de drogas a fin de proteger a los turistas y la población local.

Finalmente, los estados deben:

a) permitir a los turistas - ciudadanos de su país y turistas extranjeros la libre circulación dentro del país, sin perjuicio de las medidas restrictivas adoptadas en interés nacional en relación con determinadas zonas del territorio;

b) no permitir ninguna medida discriminatoria contra los turistas;

c) brindar a los turistas la posibilidad de un rápido acceso a los servicios administrativos y jurídicos, así como a los representantes de los consulados y proporcionarles medios de comunicación públicos internos y externos;

d) promover la información a los turistas a fin de crear condiciones para el conocimiento de las costumbres de la población local en los lugares de tránsito y estancia temporal.

1. La población local en los lugares de tránsito y residencia temporal tiene derecho al libre acceso a sus propios recursos turísticos, asegurando con su actitud y comportamiento el respeto al medio natural y cultural.

2. También tiene derecho a esperar que los turistas comprendan y respeten sus costumbres, religiones y demás aspectos de su cultura, que forman parte del patrimonio de la humanidad.

3. Para promover tal comprensión y respeto, se debe promover la difusión de información relevante:

a) sobre las costumbres de la población local, sus actividades tradicionales y religiosas, las prohibiciones locales y los lugares sagrados y santuarios que deben ser respetados;

b) sus valores artísticos, arqueológicos y culturales, que deben ser preservados; y

c) sobre la fauna, flora y otros recursos naturales que deben ser protegidos.

Artículo VII

Se invita a la población local en los lugares de tránsito y residencia temporal a recibir a los turistas con la mejor hospitalidad posible, la cortesía y el respeto necesarios para el desarrollo de armoniosas relaciones humanas y sociales.

Artículo VIII

1. Los profesionales del turismo y los proveedores de servicios para el turismo y los viajes pueden contribuir positivamente al desarrollo del turismo ya la aplicación de las disposiciones de la presente Carta.

2. Deben adherirse a los principios de esta Carta y cumplir los compromisos adquiridos en el ejercicio de su actividad profesional, velando por la alta calidad del producto turístico prestado con el fin de promover el carácter humano del turismo.

3. Deben, en particular, impedir la promoción del uso del turismo para todo tipo de explotación de otras personas.

Se debería ayudar a los trabajadores del turismo y a los proveedores de servicios de viajes y turismo proporcionándoles, a través de la legislación nacional e internacional pertinente, las condiciones necesarias que les permitan:

a) realizar sus actividades en condiciones favorables, sin injerencias ni discriminaciones;

b) utilizar la formación general y técnica tanto en el país como en el extranjero para proporcionar recursos humanos calificados;

c) cooperar entre sí, así como con las autoridades públicas a través de organismos nacionales e internacionales, con el fin de mejorar la coordinación de sus actividades y mejorar la calidad de los servicios que prestan.

CÓDIGO TURÍSTICO

Los turistas deben, con su comportamiento, promover el entendimiento mutuo y las relaciones amistosas entre los pueblos, tanto a nivel nacional como internacional, y así contribuir a la preservación de la paz.

Artículo XI

1. En los lugares de tránsito y estancia temporal, los turistas deberán respetar el orden político, social, moral y religioso establecido y obedecer las leyes y reglamentos vigentes.

2. En los mismos lugares, los turistas también deberán:

a) mostrar la mayor comprensión con respecto a las costumbres, creencias y acciones de la población local y el mayor respeto por el patrimonio natural y cultural de esta última;

b) abstenerse de enfatizar las diferencias económicas, sociales y culturales que existen entre ellos y la población local;

c) ser receptivo a la cultura de la población local que acoge a los turistas, que es parte integrante del patrimonio común de la humanidad;

d) impedir la explotación de otros con fines de prostitución;

e) abstenerse de comerciar, transportar y consumir drogas y (u) otras drogas ilegales.

Artículo XII

Al viajar de un país a otro y dentro del país anfitrión, los turistas deben, mediante las medidas gubernamentales apropiadas, poder disfrutar en beneficio propio:

a) facilitar los controles administrativos y financieros;

b) las mejores condiciones posibles para el transporte y durante una estancia temporal, que pueden proporcionar los proveedores de servicios turísticos.

Artículo XIII

1. Se debe conceder a los turistas el libre acceso, tanto dentro como fuera de sus países, a los lugares y determinadas zonas de interés turístico y la libertad de circulación, teniendo en cuenta las normas y restricciones existentes.

2. Al arribar a los lugares y áreas individuales de interés turístico, así como durante su tránsito y permanencia temporal, el turista, para su propio beneficio, deberá contar con:

a) información objetiva, precisa y completa sobre las condiciones y oportunidades brindadas durante su viaje y estadía temporal por parte de las organizaciones oficiales de turismo y los proveedores de servicios turísticos;

b) la seguridad personal, la seguridad de sus bienes, así como la protección de sus derechos como consumidores;

c) higiene pública adecuada, especialmente en las instalaciones de alojamiento, restauración pública y transporte; información sobre medidas efectivas para prevenir enfermedades infecciosas y accidentes, así como acceso sin trabas a los servicios de salud;

d) acceso a una comunicación pública rápida y eficiente dentro del país, así como con el mundo exterior;

e) los trámites y garantías administrativas y judiciales necesarias para la protección de sus derechos;

f) la oportunidad de practicar su propia religión y las condiciones adecuadas para ello.

Artículo XIV

Toda persona tiene derecho a hacer del conocimiento de los legisladores y de los organismos públicos sus necesidades para el pleno ejercicio de su derecho al descanso y al esparcimiento a fin de disfrutar de los beneficios del turismo en las condiciones más favorables, y donde resulte conveniente y de conformidad con la ley, asociarse con otros para este fin.



El texto del documento es verificado por:
“Turismo: actos jurídicos normativos.
Recopilación de actas",
M.: Finanzas y estadísticas, 1999

Tema 11. Carta Internacional de Turismo

Plan:

11.1. El valor de la carta de turismo internacional.

La Carta del Turismo fue aprobada en 1985 en la VI sesión de la Asamblea General de la Organización Mundial del Turismo.

La Carta de Turismo son las normas y derechos mundiales del turista, que tienen artículos específicos:

1. El derecho de toda persona al descanso y al esparcimiento, incluido el derecho a la limitación razonable de la jornada de trabajo y a las vacaciones periódicas pagadas, así como el derecho a circular libremente, sin más restricciones que las prescritas por la ley, se reconoce en todo el el mundo.

2. El ejercicio de este derecho constituye un factor de equilibrio social y de acrecentamiento de la conciencia nacional y universal.

Artículo II

Como consecuencia de este derecho, los Estados deben desarrollar e implementar políticas encaminadas a asegurar el desarrollo armónico del turismo nacional e internacional, así como organizar la recreación en beneficio de todos aquellos que los utilizan.

Artículo III

Con este fin, los Estados deberían:

a) promover el crecimiento ordenado y armonioso del turismo tanto nacional como internacional;

B) armonizar la política turística con la política general de desarrollo aplicada a varios niveles - local, regional, nacional e internacional, y ampliar la cooperación en el campo del turismo, tanto a nivel bilateral como multilateral, incluyendo para este propósito también la posibilidades de las organizaciones mundiales de turismo;

B) dar la debida consideración a los principios de la Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial y el Documento de Acapulco "al formular e implementar, cuando corresponda, sus políticas, planes y programas de turismo de acuerdo con sus prioridades nacionales y dentro del programa de trabajo de la Organización Mundial del Turismo";

D) promover la adopción de medidas que permitan a todas las personas participar en el turismo nacional e internacional, especialmente a través de la regulación de los horarios de trabajo y ocio, el establecimiento o mejora del sistema de vacaciones anuales pagadas y la distribución equitativa de los días de dichas vacaciones a lo largo del año, así como prestando especial atención al turismo de jóvenes, turismo de personas mayores y personas con discapacidad física, y e) proteger, en interés de las generaciones presentes y futuras, el entorno turístico, que incluye al hombre, la naturaleza, la sociedad relaciones y la cultura, es propiedad de toda la humanidad.

Artículo IV

Los Estados también deben: a) promover el acceso de turistas nacionales y extranjeros al dominio público de los lugares visitados, aplicando las disposiciones de los instrumentos de facilitación existentes emitidos por las Naciones Unidas, la Organización de Aviación Civil Internacional. Organización Marítima Internacional. el Consejo de Cooperación Aduanera o cualquier otra organización, en particular la Organización Mundial del Turismo, sujeto a la reducción continua de las restricciones de viaje; b) promover el crecimiento de la conciencia turística y facilitar los contactos entre los visitantes y la población local para mejorar el entendimiento mutuo y el enriquecimiento mutuo; c) garantizar la seguridad de los visitantes y de sus bienes mediante medidas preventivas y de protección; d) brindar las mejores condiciones posibles de higiene y acceso a los servicios de salud, así como la prevención de enfermedades infecciosas y accidentes; e) prevenir cualquier posibilidad de que el turismo sea utilizado para explotar a otros con fines de prostitución, y e) fortalecer las medidas para prevenir el uso ilegal de drogas a fin de proteger a los turistas y la población local.

Finalmente, los Estados deben: a) permitir la libre circulación de turistas nacionales y extranjeros dentro del país, sin perjuicio de las medidas restrictivas adoptadas en interés nacional en relación con determinadas zonas del territorio; b) no permitir ninguna medida discriminatoria contra los turistas; c) brindar a los turistas la posibilidad de un rápido acceso a los servicios administrativos y jurídicos, así como a los representantes de los consulados y proporcionarles medios de comunicación públicos internos y externos; d) promover la información a los turistas a fin de crear condiciones para el conocimiento de las costumbres de la población local en los lugares de tránsito y estancia temporal.

Artículo VI

1. La población local en los lugares de tránsito y estancia temporal tiene derecho:

A) sobre las costumbres de la población local, sus actividades tradicionales y religiosas, las prohibiciones locales y los lugares sagrados y santuarios que deben ser respetados;

b) sobre sus valores artísticos, arqueológicos y culturales, que deben ser preservados;

c) sobre la fauna, flora y otros recursos naturales que deben ser protegidos,

Artículo VII

Se invita a la población local en los lugares de tránsito y residencia temporal a recibir a los turistas con la mejor hospitalidad posible, la cortesía y el respeto necesarios para el desarrollo de armoniosas relaciones humanas y sociales.

Artículo VIII

1. Los profesionales del turismo y los proveedores de servicios para el turismo y los viajes pueden contribuir positivamente al desarrollo del turismo ya la aplicación de las disposiciones de la presente Carta.

2. Deberán adherirse a los principios de esta Carta y cumplir con las obligaciones asumidas en el ejercicio de su actividad profesional, velando por la alta calidad del producto turístico prestado con el fin de promover el reconocido carácter humanístico del turismo.

3. Deben, en particular, impedir la promoción del uso del turismo para todo tipo de explotación de otras personas. Artículo IX Se debe promover a los trabajadores del turismo ya los proveedores de servicios turísticos y de viajes brindándoles, mediante leyes nacionales e internacionales apropiadas, las condiciones necesarias que les permitan: a) desarrollar sus actividades en condiciones favorables, sin injerencia ni discriminación alguna; b) utilizar la formación general y técnica tanto en el país como en el extranjero para proporcionar recursos humanos calificados; c) cooperar entre sí, así como con las autoridades públicas a través de organismos nacionales e internacionales, con el fin de mejorar la coordinación de sus actividades y mejorar la calidad de los servicios que prestan.

Artículo IX

Se debería ayudar a los trabajadores del turismo y a los proveedores de servicios de viajes y turismo proporcionándoles, a través de la legislación nacional e internacional pertinente, las condiciones necesarias que les permitan:

a) realizar sus actividades en condiciones favorables, sin injerencias ni discriminaciones;

B) utilizar la formación técnica general y profesional tanto en el país como en el extranjero para proporcionar recursos humanos calificados;

c) cooperar entre sí, así como con las autoridades públicas a través de organismos nacionales e internacionales, con el fin de mejorar la coordinación de sus actividades y mejorar la calidad de los servicios que prestan.

La necesidad de un enfoque global de los problemas que plantea el turismo exige la creación de una auténtica política turística nacional en la que los parlamentos, si se les da la oportunidad, puedan desempeñar un papel especial para poder promulgar una legislación específica sobre turismo y, en su caso, , para tener fuerza legal del Código de Turismo.

El código turístico fue aprobado en 1985 en la VI sesión de la Asamblea General de la Organización Mundial del Turismo.

Artículo X.

Los turistas deben, con su comportamiento, promover el entendimiento mutuo y las relaciones amistosas entre los pueblos, tanto a nivel nacional como internacional, y así contribuir a la preservación de la paz.

Artículo XI.

1. En los lugares de tránsito y estancia temporal, los turistas deberán respetar el orden político, social, moral y religioso establecido y obedecer las leyes y reglamentos vigentes.

2. En los mismos lugares, los turistas también deberán:

A) mostrar la mayor comprensión con respecto a las costumbres, creencias y acciones de la población local y el mayor respeto por el patrimonio natural y cultural de esta última; b) abstenerse de enfatizar las diferencias económicas, sociales y culturales que existen entre ellos. y la población local; c) ser receptivo a la cultura de la población local que acoge a los turistas, que es parte integrante del patrimonio común de la humanidad; d) impedir la explotación de otros con fines de prostitución, ye) abstenerse de comerciar, transportar y consumir drogas u otras sustancias ilícitas.

Artículo XII

Al viajar de un país a otro y dentro del país anfitrión, los turistas deben, a través de las medidas gubernamentales apropiadas, poder disfrutar en beneficio propio: a) flexibilización de los controles administrativos y financieros; b) posiblemente las mejores condiciones de transporte durante una estancia temporal, que pueden ser proporcionadas por los proveedores de servicios turísticos.

Artículo XIII

1. Se debe conceder a los turistas el libre acceso, tanto dentro como fuera de sus países, a los lugares y determinadas zonas de interés turístico y la libertad de circulación, teniendo en cuenta las normas y restricciones existentes.

2. Al arribar a los lugares y áreas individuales de interés turístico, así como durante todo el tránsito y estadía temporal, el turista, para su propio beneficio, debe contar con: a) información objetiva, precisa y completa sobre las condiciones y oportunidades brindadas durante su viajes y estancias temporales organismos oficiales de turismo y proveedores de servicios turísticos;

B) la seguridad personal, la seguridad de sus bienes, así como la protección de sus derechos como consumidores; c) higiene pública adecuada, especialmente en las instalaciones de alojamiento, restauración y transporte público, información sobre medidas eficaces para prevenir enfermedades infecciosas y accidentes, así como acceso sin trabas a los servicios de salud; d) acceso a una comunicación pública rápida y eficiente dentro del país, así como con el mundo exterior; e) los procedimientos y garantías administrativos y legales necesarios para proteger: sus derechos, yf) la oportunidad de practicar su propia religión y las condiciones apropiadas para ello.

Artículo XIV

Toda persona tiene derecho a hacer del conocimiento de los legisladores y de los organismos públicos sus necesidades para el pleno ejercicio de su derecho al descanso y al esparcimiento a fin de disfrutar de los beneficios del turismo en las condiciones más favorables, y donde resulte conveniente y de conformidad con la ley, asociarse con otros para este fin.

Palabras clave: medidas para lograr el equilibrio, asistencia, trabajadores del turismo, carta internacional, derechos, factor de equilibrio social, carta internacional, derechos, factor de equilibrio social, documento de viaje, responsabilidad, daño.

Preguntas de control:


  1. Cuál es el significado de la carta internacional de turismo.
2. Los derechos que integran el factor de equilibrio social.

3. Medidas para lograr el equilibrio.

4.Asistencia a los trabajadores del turismo.

Literatura.

Literatura principal.


  1. Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán "Sobre el programa estatal para el desarrollo del turismo en Uzbekistán para el período hasta 2005" // Narodnoe slovo. 15/04/1999.


Literatura adicional.

1. MB Birzhakov. Introducción al turismo, M. - San Petersburgo. 2000.

2. La Guía de Turismo Comunitario. Marc Mann, For Tourism Concern, Londres. 2000.


  1. Palvonov Sh. V. Uzbekistán mintacalarida turismo rivozhlanishi. Bitiruv malakaviyishi, Tashkent 2004.

  2. Sitios de Internet:
1. www.turismo.ru 2. www.viajes.ru 3. www.palomnik.ru

Tema 12. Declaración Internacional sobre el Turismo Mundial.

Plan:

12.1 Conferencia de Manila sobre el Desarrollo del Turismo Internacional

12.2 Recursos humanos para el desarrollo del turismo internacional.

12.3 Libre circulación de turistas internacionales.

12.1. Conferencia internacional sobre el desarrollo del turismo mundial.

La declaración internacional fue adoptada por la Conferencia Mundial de Turismo, celebrada en Manila (Filipinas) del 27 de septiembre al 10 de octubre de 1980, con la participación de 107 delegaciones estatales y 91 delegaciones de observadores. La conferencia fue convocada por la Organización Mundial del Turismo con el fin de esclarecer la naturaleza real del turismo en todos sus aspectos y el papel que debe desempeñar el turismo en un mundo dinámico y en constante cambio, así como para considerar la responsabilidad de los Estados en el desarrollo del turismo en sociedades modernas como una actividad que va más allá del ámbito puramente económico en la vida de los países y pueblos. La conferencia afirmó que el turismo internacional puede desarrollarse en condiciones de paz y seguridad, lo cual puede lograrse como resultado de los esfuerzos conjuntos de todos los estados destinados a aliviar la tensión internacional y desarrollar la cooperación internacional en un espíritu de amistad, respeto por los derechos humanos. y el entendimiento mutuo entre todos los estados, que el turismo mundial puede convertirse en un factor esencial para asegurar la paz mundial y ser la base moral e intelectual para el entendimiento y la cooperación internacionales.

El turismo es entendido como una actividad de gran importancia en la vida de los pueblos por su impacto directo en las esferas social, cultural, educativa y económica de la vida de los estados y sus relaciones Internacionales. El desarrollo del turismo está ligado al desarrollo socioeconómico de las naciones y depende del acceso del hombre a la recreación activa ya las vacaciones y de su libertad para viajar en el marco del tiempo libre y del ocio, cuyo profundo carácter humanitario destaca. La existencia misma del turismo y su desarrollo dependen por completo de la consecución de una paz duradera, a la que está llamado a contribuir.

Anticipándose a los problemas que se le pueden presentar a la humanidad en el cambio de milenio, los participantes de la atribución consideraron oportuno y necesario analizar el turismo como fenómeno, teniendo en cuenta la escala que ha adquirido desde la concesión del derecho a los trabajadores a las vacaciones anuales pagadas la apartaron del tipo de actividad disponible para un círculo limitado. Eligieron, en un tipo de actividad más amplio, que es una parte integral de la vida socioeconómica.

Como resultado del deseo de la gente por el turismo, aquellas iniciativas que fueron mostradas por los estados en materia de legislación y instituciones del Estado, el esfuerzo constante de los organismos públicos representativos de diversos segmentos de la población, y el aporte técnico de organismos especializados, el turismo moderno ha llegado a desempeñar un papel importante en el campo de la actividad humana. Los Estados han reconocido este hecho y la gran mayoría de ellos ha encomendado a la Organización Mundial del Turismo la tarea de velar por el desarrollo armónico y permanente del turismo, en cooperación, en ciertos casos, con los organismos especializados de las Naciones Unidas y otras organizaciones interesadas.

El derecho al descanso, y en particular el derecho a las vacaciones y la libertad de viajar y hacer turismo, que son una consecuencia natural del derecho al trabajo, está reconocido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como en la legislación de muchos países, como elementos del desarrollo de la personalidad humana. Esto conlleva el deber de la sociedad de brindar a sus ciudadanos oportunidades reales, eficientes y no discriminatorias para acceder al turismo. Tales condiciones deben ser consistentes con las prioridades, la legislación y las tradiciones de cada país respectivo.

Hay muchos factores que limitan el desarrollo del turismo. Los países y grupos de países deberían identificar y estudiar dichos factores limitantes y tomar medidas para eliminar su impacto negativo.

La participación del turismo en la economía nacional y el comercio internacional lo ha convertido en un importante indicador del desarrollo mundial. Su papel permanente en el nacional actividad económica y en el intercambio internacional y su influencia en el alineamiento de la balanza de comercio exterior es sumamente grande.

El derecho a salir, la oportunidad que tiene un ciudadano de familiarizarse con su entorno, el fortalecimiento de su conciencia nacional y la solidaridad que lo une a sus compatriotas, el sentimiento de pertenencia a una cultura y a un pueblo son razones sumamente importantes para alentar su participación en el turismo nacional e internacional a través del acceso a vacaciones y viajes.

La importancia que millones de personas le dan al turismo en el uso de su tiempo libre y en su comprensión de la calidad de vida obliga a los gobiernos a reconocer y apoyar esta necesidad.

El turismo social es un objetivo que la sociedad debe perseguir en interés de los ciudadanos menos favorecidos a la hora de ejercer su derecho al descanso.

El turismo, por su impacto en la salud física y psíquica de las personas que lo practican, es un factor que afecta el equilibrio social, aumentando la actividad laboral de los equipos, el bienestar personal y social.

A través de la amplia variedad de servicios que requiere el turismo para satisfacer sus necesidades, crea nuevas e importantes actividades que son fuente de nuevos puestos de trabajo. En este sentido, el turismo es un importante elemento positivo de desarrollo social en todos los países donde se practica, independientemente de su nivel de desarrollo.

En el marco de las relaciones internacionales y en la búsqueda de un mundo basado en la justicia y el respeto a las aspiraciones de las personas y de la sociedad en su conjunto, el turismo actúa como un factor positivo y permanente que promueve el conocimiento y la comprensión mutuos, así como la base para lograr un mayor nivel de respeto y confianza entre todos los pueblos del mundo.

El turismo moderno surgió en relación con la implementación de políticas sociales que llevaron a la provisión de vacaciones anuales pagadas a los trabajadores, lo que a la vez es un reconocimiento del derecho humano fundamental al descanso y al esparcimiento. Se ha convertido en un factor de equilibrio social, de entendimiento mutuo entre pueblos y naciones y de desarrollo de la personalidad. Además de sus aspectos económicos bien conocidos, ha adquirido aspectos culturales y espirituales que deben ser apoyados y protegidos de las consecuencias negativas causadas por factores económicos. En este sentido, las autoridades públicas y el sector turístico operativo deben participar en el desarrollo del turismo, determinando las principales direcciones relacionadas con la promoción de inversiones adecuadas.

Los recursos turísticos de varios países consisten tanto en recursos naturales así como los valores materiales. Estamos hablando de recursos, cuyo uso descontrolado puede conducir a su agotamiento o incluso a su completa desaparición. La satisfacción de las necesidades turísticas no debe ir en detrimento de los intereses sociales y económicos de la población de las zonas turísticas, ambiente y en particular recursos naturales, que es el principal factor de atracción de turistas, así como lugares históricos y culturales. Todos los recursos turísticos son propiedad de la humanidad. Las Sociedades Nacionales y la comunidad internacional en su conjunto deben tomar las medidas necesarias para protegerlos. La protección de los sitios históricos, culturales y religiosos en todas las circunstancias, especialmente durante los conflictos, debe ser una de las principales responsabilidades del Estado.

La cooperación internacional en el campo del turismo es aquella cooperación en la que se deben respetar las características individuales de las personas y los intereses básicos de los estados. En este ámbito, el papel rector y decisivo de la Organización Mundial del Turismo adquiere un carácter orientador y coordinador. técnicos y cooperación financiera no puede considerarse como un acto de asistencia, ya que en realidad representa la puesta en común de todos los medios necesarios para el uso de los recursos disponibles en interés de todos los países. En la práctica del turismo, los valores espirituales deben prevalecer sobre los elementos de carácter material y técnico.

Tales valores espirituales básicos son los siguientes: a) desarrollo pleno y armonioso de la personalidad humana; b) aumentar constantemente la contribución cognitiva y educativa; v) derechos iguales en determinar el destino de uno; d) la liberación de la persona, entendida ésta como el derecho al respeto de su dignidad e individualidad; e) el reconocimiento de la identidad de las culturas y el respeto a los valores morales de los pueblos.

La preparación para el turismo debe combinarse con la preparación de un ciudadano para cumplir con su deber cívico. En este caso, es deseable que los propios gobiernos utilicen todas las herramientas educativas y de información a su alcance y promuevan las actividades de las personas y organizaciones en este campo. La preparación para la práctica del turismo, para el aprovechamiento de las vacaciones y los viajes, podría ser parte exitosa del proceso de formación de los jóvenes. En este sentido, la introducción del turismo en los programas de educación de jóvenes proporciona una elemento importante educación y formación, conducentes al constante fortalecimiento de la paz. Se insta a los Estados y demás participantes en la Conferencia, así como a la Organización Mundial del Turismo, a tomar en cuenta las orientaciones, visiones y recomendaciones identificadas durante los trabajos de la Conferencia, para que, con base en su experiencia, contribuyan, como parte de sus deberes diarios, a la ejecución real de las tareas con el fin de profundizar aún más el proceso de desarrollo del turismo mundial y darle un nuevo impulso.

La Conferencia recomienda que la Organización Mundial del Turismo, utilizando medios internos cuando corresponda, en cooperación con organismos internacionales, intergubernamentales y no gubernamentales, tome todas las medidas necesarias con miras a la implementación global de los principios, conceptos y directrices contenidos en este documento final. .

Dentro del país, la oferta turística no es un área separada, sino que está conectada con todos los demás sectores de la vida nacional. La estrategia nacional de oferta turística debe tener en cuenta los intereses de las comunidades y regiones locales.

Mejorar la calidad de la oferta, que debe tener en cuenta los intereses de los consumidores, es un objetivo por el que se debe luchar constantemente. Esto significa no solo la prestación de servicios de alta calidad, sino también la cuidadosa preparación de las instalaciones de recepción y servicio, con atención constante a la demanda, para garantizar el acceso al turismo tanto nacional como internacional a una población más amplia.

La política de planificación turística debe desarrollarse a nivel local, regional y nacional en el marco de la planificación nacional; tales políticas deben evaluarse periódicamente tanto cuantitativa como cualitativamente. El análisis preciso de las tendencias del turismo y la identificación de las necesidades de la oferta turística dependen de la aplicación de normas generalmente aceptadas en la elaboración de estadísticas turísticas nacionales e internacionales.

El desarrollo de propuestas requiere esfuerzos para lograr una mayor comprensión, cooperación y coordinación entre los sectores público, privado y público, así como entre varios países. El desarrollo del turismo, tanto a nivel nacional como internacional, puede hacer un aporte positivo a la vida de las naciones a través de una propuesta bien elaborada y de calidad que proteja y conserve el patrimonio cultural, los valores del turismo y los recursos naturales, sociales y entorno humano. En vista de lo anterior, es deseable celebrar consultas e intercambiar puntos de vista entre países en desarrollo e industriales. países desarrollados con miras a establecer interconexiones favorables y reducir la excesiva dependencia del desarrollo turístico de las empresas transnacionales. Una mayor homogeneización de las características de la oferta turística permitirá adecuar los costes de construcción y mantenimiento de los equipamientos a las necesidades reales.

Se alienta enfáticamente a los gobiernos a que adopten y apliquen estándares y metodologías generalmente aceptados para la recopilación de estadísticas nacionales e internacionales. La Organización Mundial del Turismo, como agencia central en esta área, debe intensificar sus esfuerzos para garantizar la estandarización y comparabilidad de las estadísticas de turismo mediante la expansión de los programas de visitas de campo para aplicar estándares y metodologías estadísticas reconocidas internacionalmente.

Se insta a los gobiernos a brindar mejores condiciones a las pequeñas y medianas empresas para que desempeñen su respectivo rol en el desarrollo y diversificación de la oferta turística. También se recomienda estudiar nuevas formas de oferta turística que respondan a los requerimientos de la futura demanda nacional e internacional y permitan el uso de recursos locales menos costosos y técnicas de construcción adaptadas para integrarse armónicamente con el entorno local.

La cooperación técnica en el campo del turismo tiene como objetivo reducir los costos de producción de los servicios turísticos, mejorar su calidad, fortalecer la infraestructura y desarrollar la autosuficiencia técnica. Como resultado, aumenta la contribución de las actividades turísticas al proceso general de desarrollo.

La cooperación técnica desarrollada y mutuamente beneficiosa ayudará a evitar la producción repetitiva de mecanismos imperfectos y el desequilibrio de ingresos.

La transferencia de tecnología debe ser gradual y planificada, con todas las precauciones necesarias, para que los países receptores puedan absorberla sin ruptura brusca entre tradición e innovación. La transferencia de tecnología puede tener consecuencias negativas o no alcanzar los objetivos previstos si no se realiza en condiciones adecuadas y en un entorno humano capaz y preparado para recibirla y absorberla. Los Estados, con respecto a la transferencia de tecnología, deberían, como objetivo principal, esforzarse por crear condiciones previas para el entorno humano en su desarrollo. En este sentido, se aconseja a los Estados que, al elegir tecnologías turísticas, tengan en cuenta la necesidad de adaptarlas a las condiciones locales, la importancia de armonizar diversas tecnologías locales y extranjeras, la necesidad de que dichas tecnologías se basen en métodos aplicados bien probados , y el desarrollo dinámico y rápido de la tecnología.

La conferencia destacó el valor de que los países en desarrollo confíen en sus propios recursos humanos y de otro tipo para facilitar la transferencia y absorción de tecnología como parte de una estrategia general de desarrollo. Los participantes de la jornada destacaron unánimemente el papel primordial que juega la formación profesional tanto en la mejora de la calidad como en el aumento del número de expertos en el campo de la cooperación tecnológica en turismo.

Los documentos de la conferencia recomiendan que los estados se adhieran al "Código Internacional sobre Transferencia de Tecnología" en el marco de su cooperación tecnológica en el campo del turismo. Se encomendó a la Organización Mundial del Turismo que continuara sus esfuerzos para promover el intercambio de información técnica turística, en particular considerando la implementación del Sistema Mundial de Información Turística, con miras a mejorar los conocimientos tecnológicos y las prácticas de gestión de los países en desarrollo, así como fortaleciendo su autonomía tecnológica, en su caso, a través de tecnologías avanzadas.

12.2. Recursos humanos para el desarrollo del turismo internacional.

La relevancia de este tema radica en las siguientes tesis:

1. La formación profesional y la mejora constante de la competencia técnica en el campo del turismo son necesarias no sólo para las personas que la reciben, sino también para la sociedad en su conjunto.

2. La competencia profesional depende en gran medida de la calidad de la formación tanto general como técnica tanto en el país como en el extranjero, así como de la oferta de intercambio de experiencias entre países.

3. Al planificar el desarrollo del turismo, la preparación de recursos humanos calificados debe estar vinculada a la preparación de un producto turístico.

4. El turismo es una de esas actividades en las que el ser humano es verdaderamente el centro del proceso de desarrollo.

5. La calidad del producto turístico es el factor determinante de la imagen turística del país.

6. Los problemas de la formación profesional, tanto en los países desarrollados como en desarrollo, son de suma importancia para el desarrollo turístico de estos países.

B. La política de desarrollo de los recursos humanos no debe basarse únicamente en criterios económicos y responder a las necesidades de formación profesional, sino que también debe tener en cuenta el desarrollo de la persona en su conjunto en términos de madurez social y su desarrollo como persona en sentido espiritual, moral, como en los aspectos materiales.

Dado lo anterior, existe la necesidad de una planificación y formación integral de los recursos humanos; es necesario tomar todas las medidas posibles para aumentar la importancia de las profesiones turísticas y elevar el estatus de las personas que trabajan en este campo; los países desarrollados y en desarrollo deberían realizar un estudio conjunto en el marco de la Organización Mundial del Turismo, a nivel regional y en los casos en que sea apropiado, en cooperación con otras organizaciones internacionales interesadas, de los problemas de falta de personal docente, encontrando un número suficiente número de personal local.

La creciente importancia del turismo en la economía, la creciente complejidad del trabajo comercial en esta área, el aumento de la competencia en el mercado turístico provocan la necesidad de especialistas bien capacitados que puedan navegar libremente en las actividades económicas de las empresas de viajes, organizando excursiones. , servicios de hotelería y restaurante, servicios de transporte para turistas.

Desde 1999, la Facultad de Turismo Internacional funciona en la Universidad Estatal de Economía de Tashkent, inaugurada de conformidad con el Decreto del Gabinete de Ministros de la República de Uzbekistán del 2 de julio de 1999. y la formación de especialistas para la esfera en desarrollo de los servicios turísticos. Al mismo tiempo, se sabe que la formación en turismo parece ser eficaz sólo si existe una base adecuada para la realización de ejercicios prácticos. El problema de la alienación del sector de hotel, restaurante, excursión, oficina y otras instalaciones de servicios es uno de los problemas más significativos en el proceso educativo en la facultad. La necesidad de mejorar el proceso educativo profundizando su integración con la producción se indica en el Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán "Sobre medidas para acelerar el desarrollo del sector de servicios en la República de Uzbekistán en 2006-2010" con fecha 17 de abril , 2006. una

A la luz de este Decreto, el 30 de mayo de 2006, se llevó a cabo un Taller en la Universidad Económica Estatal de Tashkent sobre las posibilidades de desarrollar el turismo cultural en Uzbekistán, en el que se consideraron los problemas y las perspectivas de la educación turística en Uzbekistán. La presentación sobre el tema "Organización de la formación práctica en turismo: experiencia extranjera y oportunidades de Uzbekistán" se convirtió en una acalorada discusión sobre los siguientes temas:


  • La calidad de la formación para la industria del turismo;

  • Cooperación en el ámbito del turismo;

  • Áreas prioritarias y proyectos de formación en turismo.
Al debate asistieron representantes de NC "Uzbektourism", el centro republicano de consultoría científica y educativa de NC "Uzbektourism", jefes de departamentos y destacados especialistas de las compañías de viajes "Uzintour", "Orient Voyage", "Planet Tour", " Semurg Travel" y hoteles "Grand World Tashkent" y "Markaziy", así como profesores y estudiantes de la Facultad de Turismo Internacional. Un grupo especial de participantes fueron egresados ​​de la facultad, quienes ahora trabajan en empresas de servicios turísticos.

Al darse cuenta de que el desarrollo de cualquier proceso en la vida pública requiere con urgencia información adicional constante y apoyo científico, los participantes del taller enfatizaron que esto es aún más importante para la educación turística, ya que esta área más afectados ambiente externo negocio, las últimas tecnologías en la producción y las comunicaciones interpersonales. En este sentido, en la conclusión del Taller, se recomienda planificar la creación de un organismo que sea una especie de coordinador de las actividades de las empresas de viajes, empresas de infraestructura relacionada e instituciones educativas. El objetivo del Centro para el Desarrollo Turístico y la Preservación del Patrimonio Cultural de Uzbekistán propuesto es recopilar y sistematizar los materiales existentes y emitir propuestas para la revitalización de la cultura tradicional y las actividades económicas.

Esto aumentará el potencial de Uzbekistán en el campo de la preservación y presentación de objetos del patrimonio cultural nacional y el fortalecimiento de la identidad cultural nacional y su componente en términos de turismo internacional.

Esta tarea se llevará a cabo a través de


  • celebración de diversos foros, tales como congresos, seminarios, simposios, coloquios, etc.;

  • conductible investigación científica turismo, Industria hotelera y el turismo cultural, que son de interés mutuo, así como la supervisión de las disertaciones de jóvenes científicos;

  • a través del intercambio mutuo de información, publicaciones y otros materiales que ayuden a los investigadores.
En general, los participantes del Taller acordaron que es necesario establecer puentes más estrechos de entendimiento mutuo entre todos los participantes en el proceso de formación de productos y su promoción en el mercado de servicios turísticos de Uzbekistán. La implementación de las actividades propuestas por el Taller asegura

  • selección competitiva, desarrollo y presentación de paquetes de materiales y métodos de capacitación (libros de texto, capacitación, materiales);

  • enfoques experimentales para la gestión del aprendizaje, la interconexión lógica y la coherencia en todos los niveles de la educación, el desarrollo y la prueba en la audiencia de los aspectos metodológicos de la formación para el turismo, lo que aumentará la competitividad de la industria.

  • implementación en la práctica de aspectos aplicados del desarrollo turístico con un enfoque en la demanda existente y potencial y las expectativas psicológicas del público objetivo.

  • elaboración de recomendaciones sobre formación y readiestramiento de personal y su inclusión en los planes de marketing de empresas turísticas y asistencia en su integración en la estrategia de desarrollo de las regiones de Uzbekistán.
Este hecho conducirá a un crecimiento cuantitativo y cualitativo de especialistas en el campo del turismo y, como resultado, un aumento de turistas a Uzbekistán, un aumento en el ingreso de divisas a la república y un aumento en el empleo.

12.3. Libertad de movimiento para turistas internacionales

La libertad de movimiento para los turistas internacionales significa lo siguiente:

1. La libertad de circulación, tal como se expresa en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el Convenio Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el Acta Final de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, es necesaria para la participación en los viajes, para la armonía desarrollo del turismo y para la mejora individual.

2. En este sentido, las recomendaciones sobre facilitación adoptadas por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Viajes y Turismo Internacionales (Roma, 1963) representaron un paso importante en la facilitación y continúan brindando una guía sólida para el trabajo futuro.

3. En el ámbito de las relaciones turísticas internacionales, es necesario tener en cuenta la situación socioeconómica de cada país y la importancia de respetar su soberanía nacional, legislación y tradiciones en materia de turismo, así como los derechos y obligaciones de sus ciudadanos. Cabe señalar que la Organización Mundial del Turismo estudia sistemáticamente el estado de los trámites turísticos en el mundo, la formulación de normas y prácticas recomendadas en esta materia.

Las organizaciones internacionales de turismo invitan a los estados a considerar renunciar a los requisitos de visa para turistas de forma recíproca o unilateral;

Desarrollo del turismo entre países en desarrollo exige la aplicación de reglas más flexibles y menos rígidas para el control del cambio de divisas; Cabe señalar, sin embargo, que los impuestos que gravan únicamente a los turistas pueden considerarse perjudiciales para el turismo si los ingresos así generados no se invierten directamente en el sector turístico o en el desarrollo del turismo.

Los gobiernos deben abstenerse de imponer restricciones, formalidades u otras disposiciones que dificulten aún más la entrada o salida de los viajeros, como impedimento material o financiero. naturaleza psicológica en el movimiento de turistas de un país a otro. Los Estados deben respetar y respetar el derecho de la persona, independientemente de su religión, raza, credo o lugar de residencia, a viajar a su país de origen y tomar todas las medidas necesarias para garantizar su libertad de circulación y su seguridad. Los Estados que se han beneficiado de iniciativas unilaterales de otros países en el área de visas y otros trámites relacionados con los viajes deberían considerar la introducción de tales medidas. Los Estados deben aplicar las disposiciones de facilitación de las Naciones Unidas, la Organización de Migración Civil Internacional, la Organización Consultiva Marítima Intergubernamental y el Consejo de Cooperación Aduanera para facilitar el movimiento de turistas. La Organización Mundial del Turismo debería tomar, a través de los mecanismos existentes, todas las medidas necesarias para promover el desarrollo del turismo internacional.

Palabras clave: Conferencia internacional, celebración de una conferencia, valores espirituales, turismo educativo, recursos humanos, contabilidad de recursos humanos, formación profesional, determinantes, desempeño turístico, libertad de movimiento, documentos de movimiento, indicador social.

Preguntas de control:

1. Acuerdos interestatales sobre turismo.

2. Intercambio de recursos humanos en turismo.

3.Cuestiones de seguridad en el turismo.

Literatura.

Literatura principal.


  1. Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán "Sobre el programa estatal para el desarrollo del turismo en Uzbekistán para el período hasta 2005" // Narodnoe slovo. 15/04/1999.

  2. A.Yu. Alexandrova. Turismo internacional. M. Aspecto-prensa. 2001.

  3. ESO. Balabanova, A. I. Balabanov. La economía del turismo. M. Finanzas y estadísticas. 2004
Literatura adicional.

1. Senin VS. Organización del turismo internacional: Libro de texto. 2ª ed., revisada. y adicional –M.: FiS, 2004. -400s. 2 copias

2.Gestión de la industria turística: Libro de texto. / Chudnovsky A.D., Zhukova M.A., Senin V.S. –M.: KNORUS, 2004. -448s.

4.I.V. Zorín. Educación y carrera en turismo, M. "Deporte soviético". 2000.p.44-65

5.N. Tukhtaev, A. Taksanov. Economía del gran turismo. Tashkent. Enciclopedia miliy uzbeka. 2001 págs. 56-65

6. A.G. Yakovlev, Economía y estadísticas del turismo M. RDL, 2004 P. 89-96

7. TV Palvonov Uzbekistán tourismini rivojlantirishda halkaro tazhribaning kullanilishi. Bitiruv malakavy ishi. Taskent 2004.



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